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Prestación económica dirigida a la cobertura de los gastos básicos para la supervivencia.

Se completa con las prestaciones que pudiesen correponder a cualquiera de los miembros de la unidad familiar.

Otros requisitos

Que estén empadronados o se empadronen en el momento de hacer la solicitud de la prestación, en cualquiera de los municipios de las Islas Baleares. Que acrediten una residencia continuada y efectiva en las Islas Baleares en un mínimo de 6 meses de antelación al día de presentación de la solicitud. Que constituyan una unidad independiente, como mínimo 6 meses antes del día de presentación de la solicitud. Quedan exentas de este requisito las personas que se encuentren en las situaciones siguientes: que tengan menores o personas con disminución a su cargo que hayan sufrido maltrato, personas en proceso de desintoxicación, proceso de separación o divorcio. Que sean mayores de 25 años, quedan exentas de este requisito las personas que se encuentren en las situaciones siguientes: personas en proceso de desintoxicación, que tengan menores o personas con disminución a su cargo que hayan sufrido maltrato, situación de orfandad. Que el núcleo familiar no disponga, por cualquier concepto, incluidos los generados por cualquier bien mueble e inmueble, de los medios económicos necesarios para atender las necesidades básicas. Se consideran personas en esta situación las personas individuales o núcleos familiares que en el momento de presentación de la solicitud tengan ingresos inferiores al baremo de la prestación de renta mínima de reinserción. Se computa como ingresos del núcleo familiar solo la parte de las pensiones de jubilación, minusvalía, viudedad y orfandad que perciba cada miembro del núcleo familiar que no sea titular, que pase del importe de la prestación económica básica de la renta mínima de reinserción. Las prestaciones y el subsidio de desempleo tienen que recibir el mismo tratamiento que las rentas de trabajo. No se computan las prestaciones finalistas, ayudas puntuales de emergencia, becas de guardería, comedor, becas de formación para adultos, hijos a cargo, ayudas para alquiler, incluidas en este grupo las pensiones de alimento reconocidas judicialmente a los hijos, así como las ayudas para el acogimiento de familiares. Que la persona solicitante no tenga derecho no tenga derecho a percibir otras prestaciones públicas, el importe de las cuales supere la prestación económica básica de la renta mínima de reinserción, calculada de acuerdo con lo que se a establecido en este decreto. Que la persona solicitante o cualquiera de los miembros de la unidad familiar no haya renunciado a una oferta de trabajo normalizada o que haya causado baja voluntaria en su trabajo en los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud de la renta mínima de reinserción. No ser beneficiario de la renta mínima de reinserción como miembro de otro núcleo familiar. Excepcionalmente los servicios de Atención Primaria podrán evaluar situaciones.

Más información

Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación del Govern Balear Pl. de la Drassana, 4 07012 - Palma Tlf.: 971177200 Fax: 971784159
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Protección económica
  • Consejería de Bienestar Social
  • Autonómico
  • Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación del Govern Balear Pl. de la Drassana, 4 07012 - Palma Tlf.: 971177200 Fax: 971784159