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Ayudas a favor de pensionistas por jubilación e invalidez, en sus modalidades no contributivas, para el año 2023

Acuerdo de 27 de diciembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de pensionistas por jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas, para el año 2023

Otros requisitos

Serán beneficiarios y beneficiarias de estas ayudas sociales de carácter extraordinario aquellas en quienes concurran los siguientes requisitos: a) Ser titular de pensión de jubilación o invalidez en su modalidad no contributiva en el momento del abono de las ayudas contempladas en este acuerdo, y tener dicha condición a 31 de diciembre de 2022. b) Tener la vecindad administrativa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Observaciones

Estas ayudas tendrán la naturaleza de prestación de asistencia social y el carácter de personales, intransferibles y extraordinarias, como consecuencia de quedar limitada su vigencia al año 2023, sin que implique el derecho a seguir percibiéndolas en sucesivos años.

Más información

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales Avda. de Hytasa, nº 14 41071 - Sevilla Teléfono: 955048000 Fax: 955048234 consejera.cips@juntadeandalucia.es Las solicitudes se presentarán también en el Ayuntamiento o en la Delegación Provincial de la Conserjería para la Igualdad y Políticas Sociales que corresponda al domicilio de la persona solicitante.
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Protección económica
  • Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
  • 30-12-2022 29-12-2023
  • Autonómico
  • Consejería de Igualdad y Políticas Sociales Avda. de Hytasa, nº 14 41071 - Sevilla Teléfono: 955 048 000 Fax: 955 048 234 consejera.cips@juntadeandalucia.es Las solicitudes se presentarán también en el Ayuntamiento o en la Delegación Provincial de la Conserjería para la Igualdad y Políticas Sociales que corresponda al domicilio de la persona solicitante.