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Ayudas individuales a favor de personas con discapacidad y personas en situación de dependencia, destinadas a favorecer su autonomía personal mediante la financiación de gastos dirigidos a garantizarles la máxima integración social y a mejorar su bienestar, comunicación y participación en la vida de su entorno.

Convocatoria anual.

Otros requisitos

- Tener reconocida la condición de persona con discapacidad o persona en situación de dependencia, antes de la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes que fija la presente convocatoria. - Si se solicita como persona con discapacidad se ha de tener reconocido un grado total de minusvalía igual o superior al 33 por 100, de conformidad con el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre. - Si se solicita como persona en situación de dependencia se ha de tener reconocido un Grado III (gran dependencia) Grado II (dependencia severa), niveles 1 ó 2 y de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y sus disposiciones de desarrollo. - Precisar las ayudas solicitadas, las cuales deberán estar relacionadas directamente con la discapacidad o dependencia que tengan reconocida. - Estar empadronados y tener residencia efectiva en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la presentación de la solicitud. Cuando el beneficiario sea menor o incapacitado legalmente, la persona que actúa en su nombre, en el ejercicio de la patria potestad o tutela, deberá tener igualmente residencia en la Comunidad Autónoma. - No haber obtenido ayudas de la misma naturaleza y finalidad provenientes de entidades públicas o privadas. - No hallarse incurso en alguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. - Cumplir las condiciones específicas de acceso exigidas para cada tipo de ayuda que se establecen en esta Orden.

Observaciones

La persona beneficiaria deberá tener reconocida la dificultad de movilidad para utilizar transportes colectivos, conforme al baremo del Anexo del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, con 7 o más puntos.

Más información

Instituto Aragonés de Servicios Sociales Paseo María Agustín, 36 - Edificio Pignatelli 50071 - Zaragoza Tfno.: 976 714 000 - 976 71 41 11 - 976 715 600 Fax: 976 715 601 iass@aragon.es También en los Servicios Provinciales de Servicios Sociales y Familia de cada municipio y en los Ayuntamientos.
Ayudas Técnicas

Información adicional

  • Ayudas Técnicas
  • Accesibilidad, Movilidad y vida diaria, Protección económica, Transporte
  • Departamento de Servicios Sociales y Familia
  • 12-04-2013 12-05-2013
  • Autonómico
  • Instituto Aragonés de Servicios Sociales Paseo María Agustín, 36 - Edificio Pignatelli 50071 - Zaragoza Tfno.: 976 714 000 - 976 71 41 11 - 976 715 600 Fax: 976 715 601 iass@aragon.es También en los Servicios Provinciales de Servicios Sociales y Familia de cada municipio y en los Ayuntamientos.
  • Que afecta a la comunicación y el habla, Física (grado mínimo: 33%)