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Son ayudas individuales en materia de servicios sociales, dirigidas a personas con discapacidad, al objeto de mejorar su bienestar físico, material, personal y social, para alcanzar una calidad de vida acorde con la que disfrutan el resto de los ciudadanos.

Otros requisitos

Tener fijada la residencia habitual en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Precisar, a juicio del Equipo de Valoración y Orientación de los Centros Bases de los Servicios Territoriales de la Consejería de Bienestar Social, medidas que mejoren el bienestar de las personas con discapacidad. No hallarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Observaciones

Estas ayudas se concederán por diez meses de tratamiento, teniendo en cuenta que éste es el periodo habitual durante el que prestan sus servicios los gabinetes o centros de rehabilitación. Excepcionalmente, podrán concederse hasta doce meses siempre que quede suficientemente acreditado que reciben el tratamiento durante dicho periodo. El importe de la subvención podrá alcanzar el 100% del coste total de la actividad, sin que la cuantía objeto de concesión pueda exceder de los importes máximos que a continuación se detallan para cada una de las acciones subvencionables.

Más información

Consejería de Sanidad y Políticas Sociales Avda. de las Américas, 2 06800 - Mérida - Badajoz Teléfono: 924004200 Fax: 924 004178 sg.syps@salud-juntaex.es Tambien en los Servicios Territoriales de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la provincia donde tenga su domicilio el solicitante.
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Atención y cuidado, Protección económica, Salud
  • Consejería de Sanidad y Dependencia
  • 17-04-2012 27-04-2012
  • Autonómico
  • Consejería de Sanidad y Políticas Sociales Avda. de las Américas, 2 06800 - Mérida - Badajoz Teléfono: 924004200 Fax: 924 004178 sg.syps@salud-juntaex.es Tambien en los Servicios Territoriales de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la provincia donde tenga su domicilio el solicitante.
  • (grado mínimo: 33%)