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Promover la mejoría de condiciones de vida de las familias, personas y grupos en su medio habitual de convivencia.

Otros requisitos

Residir habitualmente en la Región de Murcia. Figurar empadronado en alguno de los municipios de la Región de Murcia, al menos seis meses antes de la fecha de la solicitud. Que la renta per cápita no sea superior al 50% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, en cómputo anual. En aquellos supuestos en los que el solicitante viva solo y esté afectado por alguna discapacidad, este límite se situará en el 70% del Salario Mínimo Interprofesional vigente, en cómputo anual. Que la unidad familiar o convivencial cuente con un número de miembros no capacitados para el trabajo superior al de capacitados. Que no tenga acceso a otros recursos para atender la necesidad para la que solicita la Ayuda, pudiéndose entender como recurso, entre otros, la capacidad para la incorporación laboral a tiempo total o parcial, con carácter fijo o eventual de los miembros de la unidad familiar o grupo que, no realizando actividad laboral alguna, puedan hacerlo por no encontrarse incapacitados para ello. Para acceder a las ayudas contempladas en el artículo dos de esta Orden será preciso informe social emitido por el diplomado en Trabajo Social del Centro de Servicios Sociales correspondiente al domicilio del solicitante de la ayuda, referido a la necesidad de la ayuda solicitada, así como el informe favorable del Servicio de Prestaciones Económicas, en el que, a la vista de los informes y documentos obrantes en el expediente, se estime acreditada la necesidad de la ayuda.

Observaciones

Tendrán la consideración de Ayudas No Periódicas de Inserción y Protección Social las que se concedan con este carácter mediante régimen de concurrencia competitiva y se otorguen por una sola vez con cargo al ejercicio presupuestario del año 2007, a personas, familias o grupos, para alguna de las siguientes finalidades:1. Acondicionar el medio habitual de convivencia de los solicitantes, en orden a conseguir unos niveles mínimosde habitabilidad. 2. Facilitar el acceso a la obtención de equipamiento de carácter personal o doméstico, imprescindible para el normal funcionamiento de la persona, grupo o unidad familiar. 3. Prestar apoyo económico a personas, grupos o familias, en otros supuestos derivados de circunstancias excepcionales.
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Movilidad y vida diaria, Protección económica
  • Consejería de Política Social, Mujer e Inmigración
  • Autonómico
  • Consejería de Politica Social de la Comunidad Autonóma de la Región de Murcia.