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El objetivo es costear apoyo psico-social a las familias, estimulación temprana, fisioterapia, psicomotricidad y logopedia, dirigidos a niños , siempre que el Servicio no esté cubierto por entidad pública.

Incompatibilidades

Estas ayudas serán compatibles entre sí hasta el número máximo de las que se permiten solicitar simultáneamente en estas bases y también con la obtención de otras otorgadas para la misma finalidad, salvaguardando la necesidad de que el importe de las mismas en ningún caso supere el coste del servicio u objeto de la ayuda. En ningún caso estas ayudas serán compatibles con las incluidas en los catálogos de prestaciones sanitarias de la Seguridad Social o de Mutualidades de funcionarios públicos civiles o militares.

Otros requisitos

Estar afectado por un proceso que podría derivar en una discapacidad. Residir en la Comunidad de Castilla y León, salvo que el beneficiario sea menor de edad o esté incapacitado legalmente, en cuyo caso bastará que cumpla el requisito de residencia su representante legal. Obtener la puntuación mínima para el acceso a las ayudas, que se exige en el baremo para determinar su cuantía económica fijado en la Orden. Podrán ser beneficiarios de las ayudas individuales para atención temprana los niños que no superen los 3 años de edad en el momento de presentar la solicitud siempre que, además de reunir los demás requisitos generales señalados en el apartado 1 de este artículo, no reciban atención en el Centro Base o a través de los equipos de las entidades colaboradoras de la Gerencia de Servicios Sociales para el desarrollo de programas de Atención Temprana y dispongan de plan individual de intervención elaborado por el Centro Base de la provincia correspondiente. Los niños que tengan una edad de 4 a 6 años en el momento de solicitarse las ayudas sólo podrán recibir estas ayudas individuales para la atención temprana cuando no estén escolarizados y cumplan los requisitos establecidos.

Observaciones

Estas ayudas son objeto de convocatoria anual, en la que se establece las cuantías máximas financiables, compatibilidades, plazos de solicitud y documentación a presentar.

Más información

Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades C/ Padre Francisco Suarez, nº 2 47006 - Valladolid Tlf.: 983 410 900 (Centralita) / 983 410 955 / 983 412 249 consejerafam@jcyl.es Y también en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales en cuya demarcación tenga el domicilio el solicitante. También en el 012. Para llamadas desde fuera de la Comunidad 902910012
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Otras prestaciones
  • Atención y cuidado, Protección económica, Salud
  • Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
  • 11-07-2011 29-09-2011
  • Autonómico
  • Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades C/ Padre Francisco Suarez, nº 2 47006 - Valladolid Tlf.: 983 410 900 (Centralita) / 983 410 955 / 983 412 249 consejerafam@jcyl.es Y también en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales en cuya demarcación tenga el domicilio el solicitante.