Ayuda económica complementaria para prestarle el apoyo personal necesario para promover su integración social y contribuir al desarrollo de la persona en las actividades de la vida diaria, tanto en su hogar como en la comunidad.
Las personas destinatarias son las personas con discapacidad física, psíquica y/o problemática social derivada de enfermedad mental que deseen vivir solas o con otras personas y que necesiten apoyo personal para el desarrollo de la vida autónoma. Cuando la persona con discapacidad conviva con otras personas, en un mismo domicilio no podrá haber más de cuatro personas beneficiarias de este programa. Excepcionalmente, la consejera del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, previa propuesta de la persona responsable de la Dirección General del ICASS, en casos debidamente justificados podrá exceptuar este número y establecer medidas compensatorias.
Circulación y prestaciones
Las personas destinatarias son las personas con discapacidad física, psíquica y/o problemática social derivada de enfermedad mental que deseen vivir solas o con otras personas y que necesiten apoyo personal para el desarrollo de la vida autónoma. Cuando la persona con discapacidad conviva con otras personas, en un mismo domicilio no podrá haber más de cuatro personas beneficiarias de este programa. Excepcionalmente, la consejera del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, previa propuesta de la persona responsable de la Dirección General del ICASS, en casos debidamente justificados podrá exceptuar este número y establecer medidas compensatorias.